Artículo 1: Generalidades y ámbito de aplicación
1.1. Los presentes términos y condiciones generales se aplican a cada Oferta Comercial o Declaración de Trabajo formalizada entre Elephants in the Room y el Cliente y a todos los Servicios que EITR preste al Cliente.
1.2. Si usted es un empleado (o contratista) del Cliente y celebra este Contrato en nombre del Cliente, declara y garantiza que (i) tiene plena capacidad legal para obligar al Cliente en virtud de este Contrato; (ii) ha leído y comprende este Contrato; y (iii) acepta este Contrato en nombre del Cliente.
1.3. El Cliente renuncia expresamente a la aplicación de sus propios términos y condiciones generales y particulares, incluso cuando en ellos se indique que solo pueden aplicarse dichas condiciones e incluso si EITR no se hubiera opuesto a dichos términos y condiciones.
1.4. El Cliente reconoce y acepta expresamente que este Contrato (incluida cualquier modificación del mismo) puede formalizarse y firmarse mediante tecnología de firma electrónica. En la medida en que el Contrato se formalice o firme electrónicamente, la firma electrónica constituye el equivalente jurídicamente vinculante de la firma manuscrita. La entrega de una copia íntegramente formalizada mediante tecnología de firma electrónica tendrá la misma fuerza y efecto que la entrega de un original en papel. En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, el Cliente no rechazará en ningún momento futuro el significado de la firma electrónica ni alegará que su firma electrónica no es jurídicamente vinculante.
Artículo 2: Definiciones
2.1. En estos Términos y Condiciones, salvo que se especifique otra cosa, se aplicarán las siguientes definiciones:
“Afiliada” significa, en relación con la Parte correspondiente, cualquier persona o entidad que controle a dicha Parte, esté controlada por ella o se encuentre bajo control común con ella, entendiéndose por “control” la facultad, directa o indirecta, de dirigir o hacer que se dirija la gestión y las políticas de dicha entidad, ya sea mediante contrato, titularidad de acciones, pertenencia al consejo de administración, acuerdo o de cualquier otro modo y, en todo caso y sin limitar lo anterior, se considerará que cualquier entidad titular de más del 50 % de los valores con derecho a voto de una segunda entidad controla a esa segunda entidad (y “que controle” y “controlada” tendrán el significado correspondiente);
“Contrato” significa la totalidad de la relación contractual entre EITR y el Cliente, incluidos estos Términos y Condiciones, cualquier Oferta Comercial y cualquier Declaración de Trabajo (según corresponda).
“Día Hábil” significa un día laborable normal de EITR, de 9:00 a 17:00 h, hora de los Países Bajos, de lunes a viernes, excluidos los días festivos oficiales neerlandeses.
“Datos del Cliente” significa todos los datos propiedad del Cliente o en poder de este que el Cliente introduzca o cargue (a través de los Usuarios del SaaS) al utilizar el SaaS y que EITR trate o almacene como consecuencia del uso del SaaS por parte del Cliente (a través de los Usuarios del SaaS). Los Datos del Cliente incluirán también los datos de salida resultantes del tratamiento por el SaaS de los datos introducidos por el Cliente (a través de los Usuarios del SaaS).
“Datos Personales del Cliente” significa los datos personales propiedad del Cliente o en poder de este que el Cliente introduzca o cargue (a través de los Usuarios del SaaS) al utilizar el SaaS y que EITR trate o almacene como consecuencia del uso del SaaS por parte del Cliente (a través de los Usuarios del SaaS).
“Cliente” significa la persona jurídica que entabla relaciones contractuales con EITR, identificada en la Oferta Comercial.
“Oferta Comercial” significa el documento escrito o electrónico firmado por ambas Partes, con independencia de su denominación, que indica la naturaleza, la cantidad y otras especificaciones de los Materiales Licenciados y de los Servicios contratados por el Cliente, incluidas las condiciones específicas en las que se realiza dicha oferta, y que forma parte integrante del Contrato.
“Información Confidencial” de una Parte significa la información de dicha Parte, ya sea en forma escrita, oral, electrónica o de otro tipo, que (i) esté marcada expresamente como confidencial o de su propiedad, o (ii) deba considerarse razonablemente confidencial o se reconozca tradicionalmente como de carácter confidencial, con independencia de que esté marcada o no expresamente como confidencial, incluidos, entre otros, todos los materiales, documentos, bases de datos, dibujos, diagramas, cálculos, cifras, procedimientos, procesos, metodologías empresariales, contratos (incluido este Contrato), información financiera, técnica y jurídica, presupuestos, planes de ventas, marketing, relaciones públicas, publicidad y comercio, ideas, estrategias, proyecciones, planes de negocio, planes estratégicos de expansión, productos y diseños de productos. La Información Confidencial de EITR incluirá, sin limitación, los Materiales Licenciados.
“Colaborador” significa una persona física de la organización del Cliente (es decir, un empleado o un contratista) a la que el Cliente concede acceso (limitado) al SaaS, previa invitación de un Coordinador, con el Fin de utilizar el SaaS de conformidad con este Contrato y con su rol de usuario según se describe en la Documentación. El número de Colaboradores que acceden al SaaS se limita estrictamente al número de suscripciones de Colaborador adquiridas por el Cliente (según se especifica en la Oferta Comercial).
“Coordinador” significa una persona física de la organización del Cliente (es decir, un empleado o un contratista) a la que el Cliente concede acceso al SaaS con el Fin de utilizar el SaaS de conformidad con este Contrato y con su rol de usuario según se describe en la Documentación. Los Coordinadores tendrán acceso completo al SaaS y podrán invitar a Colaboradores a utilizar el SaaS. El número de Coordinadores que acceden al SaaS se limita estrictamente al número de suscripciones de Coordinador adquiridas por el Cliente (según se especifica en la Oferta Comercial).
“Documentación” significa la información técnica y funcional del SaaS que EITR pone generalmente a disposición de sus clientes en cada momento, a su entera discreción.
“Fecha de Entrada en Vigor” significa la fecha de entrada en vigor establecida en la Oferta Comercial.
“Elephants in the Room” o “EITR” significa Elephants in the Room B.V., sociedad de responsabilidad limitada constituida y existente con arreglo a la legislación de los Países Bajos, con domicilio social en Flight Forum 3518, Eindhoven (Países Bajos), e inscrita en la Cámara de Comercio neerlandesa con el número 81451385.
“Fuerza Mayor” significa la imposibilidad temporal o permanente de una Parte de cumplir sus obligaciones (no pecuniarias) como consecuencia de hechos y circunstancias inevitables, imprevisibles y externos que escapen razonablemente al control de dicha Parte. Los siguientes acontecimientos se considerarán en todo caso Fuerza Mayor (sin limitación): guerra o riesgo de guerra, insurrección o revuelta popular, incendio causado por una calamidad externa, embargo de importación o exportación impuesto por el gobierno, inundaciones, explosiones, condiciones meteorológicas, huelgas o conflictos laborales, pandemias y cualesquiera otras circunstancias generalmente calificadas como fuerza mayor.
“Socio de Alojamiento” significa el proveedor de servicios de alojamiento contratado por EITR y notificado al Cliente en cada momento.
“Incidencia” significa un mal funcionamiento del SaaS.
“Derechos de Propiedad Intelectual” significa (lista no exhaustiva) patentes, marcas, derechos de autor, derechos sobre programas informáticos (tanto en código objeto como en código fuente), derechos sobre diseños, derechos sobre bases de datos, derechos de propiedad sobre conocimientos técnicos (know-how), nombres comerciales, denominaciones sociales y todos los derechos o formas de protección de naturaleza similar o con un efecto equivalente o similar a cualquiera de los anteriores que puedan existir en cualquier parte del mundo, así como cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual o industrial en cualquier país y cualesquiera solicitudes o registros, existentes o futuros, de dichos derechos.
“Servicios de Mantenimiento” son los servicios de mantenimiento y soporte relacionados con el SaaS que EITR presta al Cliente según se describe en la cláusula 8.
“Incidencia Fuera de Alcance” significa una Incidencia que no está causada por el SaaS ni relacionada con él, como (sin limitación) Incidencias debidas al mal funcionamiento de interfaces, Incidencias causadas por formatos de datos no compatibles e Incidencias causadas por problemas en software de terceros.
“Partes” o “Parte” significa el Cliente y/o EITR (según corresponda).
“Usuario del SaaS” significa un Coordinador y/o un Colaborador (según corresponda).
“SaaS” significa el software, los programas informáticos, las plataformas y las aplicaciones, incluidos, entre otros, todos los algoritmos, el código (fuente u objeto) y la metodología correspondientes, según se describen en la Oferta Comercial. “Tarifa de los Servicios” significa la tarifa de los servicios especificada en la Oferta Comercial o en la Declaración de Trabajo (según corresponda) en relación con los Servicios.
“Servicios” significa los servicios de desarrollo, los servicios de configuración, los servicios de implantación e integración (incluidas, entre otras, las personalizaciones), los Servicios de Mantenimiento o cualesquiera otros servicios relacionados con el SaaS que EITR deba prestar al Cliente según acuerden las Partes en cada momento y se establezca en la Oferta Comercial y/o en una Declaración de Trabajo.
“Declaración de Trabajo” significa un documento escrito que las Partes pueden suscribir en cada momento y en el que se describen los Servicios que EITR debe prestar en relación con los Materiales Licenciados.
“Vigencia” significa el Periodo Inicial junto con cualquier Periodo de Renovación.
“Términos y Condiciones” significa los presentes términos y condiciones generales aplicables a todas las Ofertas Comerciales y Declaraciones de Trabajo acordadas entre EITR y el Cliente, salvo que se estipule expresamente otra cosa por escrito.
Artículo 3: Derechos de acceso y uso
3.1. Con sujeción a este Contrato y al pago de las tarifas acordadas, EITR concede al Cliente (y a las Afiliadas designadas) un derecho no exclusivo e intransferible de acceso y uso de la plataforma SaaS a través de usuarios autorizados, exclusivamente para las operaciones empresariales internas del Cliente durante la Vigencia.
3.2. EITR se reserva todos los derechos que no se concedan expresamente en el presente documento. El uso de la plataforma SaaS por parte del Cliente se limita estrictamente al ámbito definido en la Oferta Comercial y en la Documentación.
3.3. El Cliente deberá: (a) cumplir todas las leyes aplicables relativas al uso de la plataforma SaaS, incluidos los controles de exportación de las funciones de cifrado; (b) garantizar que todos los usuarios mantengan la confidencialidad de sus credenciales de acceso; y (c) notificar inmediatamente a EITR cualquier acceso no autorizado.
3.4. El Cliente no deberá, y garantizará que sus usuarios no lo hagan:
(a) modificar la plataforma SaaS, aplicarle ingeniería inversa ni crear obras derivadas de ella; (b) utilizar el SaaS para tratar datos de terceros (salvo que la Oferta Comercial lo permita expresamente); (c) eludir cualquier restricción de seguridad o de uso; ni (d) eliminar u ocultar avisos de propiedad.
3.5. El Cliente solo podrá reproducir la Documentación con fines de:
(a) formación y consulta internas; o (b) recuperación ante desastres.
Todas las copias siguen siendo propiedad de EITR y están sujetas a este Contrato.
3.6. La plataforma SaaS se proporciona “tal cual” y se considera aceptada desde su primer uso.
3.7. Las recomendaciones o análisis que se proporcionen a través del SaaS tienen carácter meramente informativo. El Cliente es el único responsable de su aplicación.
Artículo 4: Restricciones de uso
4.1 Solo podrán acceder a la plataforma SaaS (a) los Usuarios autorizados expresamente por el Cliente, y (b) dentro del número total de usuarios especificado en la Oferta Comercial. EITR dará de alta y gestionará todas las cuentas de usuario a petición escrita del Cliente, y todas las credenciales de usuario son estrictamente personales y no pueden compartirse en ninguna circunstancia.
4.2 El Cliente acepta que el uso del SaaS está sujeto a los volúmenes de procesamiento de documentos y a los límites de almacenamiento de datos especificados en la Oferta Comercial. Cualquier uso que supere estos límites contractuales podrá dar lugar a cargos adicionales, según se indica en la Sección 4.3.
4.3 Si el Cliente necesita cuentas de usuario o capacidad de procesamiento de documentos adicionales a las adquiridas, las Partes formalizarán una nueva Oferta Comercial a las tarifas vigentes de EITR. EITR facilitará información sobre los precios de la capacidad adicional en un plazo de cinco (5) días hábiles desde la solicitud.
4.4. EITR se reserva el derecho de supervisar y auditar el uso de la plataforma SaaS por parte del Cliente (incluido, entre otros, el seguimiento del número de usuarios activos y de entrevistas procesadas) para verificar el cumplimiento de las condiciones de la Oferta Comercial. Si una auditoría revelara que el Cliente ha superado los límites de uso adquiridos, EITR podrá emitir una factura por el uso adicional a las tarifas de EITR vigentes en ese momento. El Cliente se compromete a pagar dicha factura en un plazo de treinta (30) días, más los intereses de demora aplicables al tipo del 8 % mensual (o el máximo permitido por la ley).
Artículo 5: Activación y Servicios
5.1. Salvo que se soliciten Servicios relativos a la activación, instalación o configuración del SaaS conforme a la cláusula 5.2, el Cliente será responsable de la activación y/o configuración del SaaS en los sistemas del Cliente. Para evitar cualquier duda, dicha activación, instalación y/o configuración se realizará de conformidad con la Documentación o con cualesquiera otras instrucciones escritas facilitadas por EITR.
5.2. El Cliente podrá solicitar a EITR que preste determinados Servicios y EITR podrá, a su entera discreción, aceptar prestarlos. En tal caso, (i) la Oferta Comercial especificará el alcance de los Servicios y las Tarifas de los Servicios aplicables, o (ii) las Partes suscribirán una Declaración de Trabajo que detalle el alcance de los Servicios y las Tarifas de los Servicios aplicables. El Cliente reconoce que las Tarifas de los Servicios podrán calcularse por tiempo y materiales o a precio fijo, según determinen las Partes. Dichos Servicios se prestarán de conformidad con este Contrato, incluida expresamente la Oferta Comercial o Declaración de Trabajo aplicable.
5.3. Los Servicios se entregarán “tal cual” y se considerarán aceptados por el Cliente en el momento de su entrega por EITR.
Artículo 6: Datos del Cliente
6.1. El Cliente reconoce que la plataforma SaaS se compone de determinados algoritmos y de inteligencia artificial y que, para su correcto funcionamiento, el Cliente es responsable de facilitar suficientes Datos del Cliente de conformidad con la Documentación.
6.2. El Cliente será el único responsable de la exactitud y corrección de los Datos del Cliente. EITR no será responsable de ningún daño ni responsabilidad derivados de Datos del Cliente incorrectos tratados a través de la plataforma SaaS.
6.3 Todos los Datos del Cliente, incluidos los informes generados, siguen siendo propiedad del Cliente. El Cliente concede a EITR el derecho a utilizar dichos Datos del Cliente (incluido el contenido cargado a través de la plataforma SaaS): (a) para cumplir sus obligaciones en virtud de este Contrato; y (b) para mejorar la funcionalidad de la plataforma SaaS, exclusivamente sobre la base de: (i) datos totalmente anonimizados que no puedan vincularse a una persona física; y (ii) datos vinculables al Cliente como organización, siempre que el Cliente haya dado su consentimiento expreso y por escrito para dicho uso.
6.4. El Cliente garantiza a EITR que los Datos del Cliente: (a) no infringirán ningún Derecho de Propiedad Intelectual ni ningún derecho legal de terceros; y (b) cumplirán todas las leyes y normativas aplicables.
6.5. El Cliente es el único responsable de todos los Datos del Cliente tratados a través de la plataforma SaaS y declara que ningún Dato del Cliente: (i) infringirá las leyes aplicables; (ii) será ilegal, fraudulento ni invasivo de la privacidad; ni (iii) perjudicará la reputación o el fondo de comercio de EITR.
6.6. Cualquier infracción de esta Cláusula 6 facultará a EITR para: (i) suspender o cancelar el acceso a la plataforma SaaS; y/o (ii) eliminar o bloquear los Datos del Cliente infractores, sin perjuicio de los demás derechos o recursos de EITR en virtud de este Contrato o de la ley.
Artículo 7: Componentes de terceros y alojamiento
7.1. El Cliente reconoce y acepta que, para utilizar los Materiales Licenciados, necesita hardware, redes, sistemas operativos y líneas de transmisión de datos adecuados, con las aplicaciones y entornos de comunicación apropiados.
7.2. El Cliente reconoce y acepta que, para utilizar los Materiales Licenciados, puede tener que obtener, a su cargo, el derecho a utilizar software propiedad de terceros, ya sea (i) adquiriendo a EITR el derecho a utilizar dicho software de terceros, siempre que y en la medida en que EITR tenga derecho a licenciar dicho software de terceros al Cliente y le ofrezca esa posibilidad, o (ii) obteniendo de los proveedores de dicho software de terceros, mediante licencia o de otro modo, el derecho a utilizarlo. Si el Cliente opta por obtener de EITR la licencia de dicho software de terceros, dicha licencia se formalizará y se adjuntará a la Oferta Comercial. Cualquier software de terceros licenciado en virtud de la misma o incluido de otro modo en los Materiales Licenciados se regirá exclusivamente por las condiciones del software de terceros correspondiente y (sin limitación) las garantías, indemnizaciones y servicios de mantenimiento y soporte que EITR preste en virtud del presente documento en relación con los Materiales Licenciados no se aplicarán a dicho software de terceros (salvo que EITR acuerde expresamente otra cosa por escrito).
7.3. EITR aloja el SaaS en los centros de datos del Socio de Alojamiento. El Cliente reconoce que los servicios de alojamiento están sujetos a las condiciones aplicables del Socio de Alojamiento. Se consideran cambios sustanciales aquellos que tengan un impacto significativo en: (i) la calidad o disponibilidad del servicio; (ii) la seguridad o ubicación de los datos; (iii) los costes repercutidos; o (iv) las obligaciones de cumplimiento normativo. En caso de cambios sustanciales, se aplicarán las siguientes disposiciones: a) EITR lo notificará por escrito al Cliente en un plazo de 15 días hábiles desde la recepción del aviso de cambio; b) el Cliente podrá presentar objeciones por escrito en un plazo de 15 días hábiles desde la notificación; c) cualquiera de las partes podrá resolver el Contrato con efecto a partir de la fecha de entrada en vigor propuesta si la objeción sigue sin resolverse; d) las modificaciones se considerarán aceptadas si el Cliente no presenta ninguna objeción por escrito en un plazo de 15 días hábiles desde la notificación; e) los cambios técnicos, administrativos o de hipervínculos sin impacto sustancial quedan exentos de los derechos de notificación y resolución.
7.4. EITR no ofrece ninguna garantía, directa, indirecta, explícita ni implícita, de disponibilidad ininterrumpida del SaaS; no obstante, EITR hará todo lo posible por garantizar la disponibilidad y el tiempo de actividad del SaaS.
7.5. El Cliente reconoce que los servicios de alojamiento y el SaaS podrían no estar disponibles durante los periodos de mantenimiento planificado por parte de EITR o del Proveedor de Alojamiento. Cuando sea razonablemente factible, el mantenimiento planificado se realizará fuera de los Días Hábiles y EITR informará al Cliente de cualquier mantenimiento planificado tan pronto como sea razonablemente posible.
7.6. EITR y el Proveedor de Alojamiento se reservan el derecho de realizar mantenimiento no planificado en cualquier momento si fuera necesario por motivos de seguridad u otros motivos que requieran un mantenimiento inmediato. EITR hará todo lo posible por minimizar la falta de disponibilidad derivada de dicho mantenimiento no planificado. Ni EITR ni el Socio de Alojamiento serán responsables de los daños derivados de dicha falta de disponibilidad del SaaS.
Artículo 8: Servicios de Mantenimiento
8.1. A partir de la Fecha de Entrada en Vigor y siempre que se paguen puntualmente todas las tarifas aplicables, EITR hará todo lo posible por prestar Servicios de Mantenimiento de tercer nivel en relación con el SaaS en el entorno de producción del Cliente, de conformidad con las disposiciones que se establecen a continuación.
8.2. Si el Cliente detecta una Incidencia, primero deberá revisarla y evaluarla. Si dicha evaluación muestra que la Incidencia no es una Incidencia Fuera de Alcance, el Cliente podrá notificarla a EITR por correo electrónico a la dirección indicada en la Oferta Comercial, por teléfono al número indicado en la Oferta Comercial o por cualquier otro medio de comunicación que EITR comunique al Cliente. El Cliente deberá especificar los detalles de la Incidencia (en el formato facilitado por EITR, en su caso). EITR podrá determinar a su entera discreción si la Incidencia es o no una Incidencia Fuera de Alcance, y la clasificación de EITR será vinculante y definitiva. EITR se reserva el derecho de facturar al Cliente, por tiempo y materiales, los costes en que incurra para investigar la naturaleza de una Incidencia.
8.3. Los Servicios de Mantenimiento para Incidencias Fuera de Alcance no están incluidos en las tarifas; no obstante, los Usuarios del SaaS tienen derecho a formular cualquier pregunta relativa al SaaS y EITR responderá de buena fe a cualquier solicitud de un Usuario del SaaS, sin ningún compromiso vinculante.
8.4. En el caso de las Incidencias que no sean Incidencias Fuera de Alcance, EITR hará todo lo posible por resolver la Incidencia.
8.5. Las Incidencias causadas por alguno de los siguientes motivos no están incluidas en los Servicios de Mantenimiento; no obstante, el Cliente podrá solicitar a EITR que preste Servicios en relación con dichas incidencias, por los que EITR podrá cobrar tarifas adicionales (lista no exhaustiva):
(i) Incidencias Fuera de Alcance; (ii) abuso o uso indebido del SaaS; (iii) modificaciones o adiciones al SaaS no realizadas por EITR o sin su consentimiento; (iv) instalación incorrecta de una corrección por una parte distinta de EITR; (v) configuración incorrecta no realizada por EITR o sin su consentimiento; (vi) uso de datos o estructuras de datos incorrectos; (vii) cualquier instalación distinta de una versión compatible; (viii) cualquier entorno distinto del entorno de producción del Cliente.
Artículo 9: Derechos de Propiedad Intelectual
EITR es y seguirá siendo el único y exclusivo titular o propietario de todos los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con los Servicios (incluidas las nuevas versiones, actualizaciones, personalizaciones, ampliaciones, modificaciones o mejoras de los Servicios). Salvo la licencia limitada concedida conforme a la cláusula 3, no se concederá ni transferirá al Cliente ningún otro derecho sobre los Derechos de Propiedad Intelectual de EITR en relación con este Contrato. Nada de lo dispuesto en este Contrato transmitirá al Cliente ni a ningún tercero título, derecho de propiedad ni Derecho de Propiedad Intelectual alguno sobre los Servicios. El Cliente no adquirirá en modo alguno ningún título, derecho de propiedad, derecho de autor, Derecho de Propiedad Intelectual ni otro derecho de propiedad, de cualquier naturaleza, sobre los Servicios. El Cliente se compromete a no eliminar, suprimir ni modificar en modo alguno ninguna marca de propiedad, incluido cualquier aviso de marca o de derechos de autor, que figure en los Servicios, sea visible durante su funcionamiento o figure en soportes. El Cliente incorporará o reproducirá dichas marcas de propiedad en cualquier copia de seguridad u otra copia permitida.
Artículo 10: Exención de responsabilidad
10.1. Cada Parte tratará como confidencial y mantendrá en secreto toda la Información Confidencial relativa a la otra Parte y no la divulgará a ningún tercero, salvo a sus empleados, asesores, agentes o consultores cuando dicha divulgación sea necesaria para la ejecución de este Contrato y siempre que estén sujetos a obligaciones de confidencialidad al menos tan estrictas como las previstas en el presente documento, incluida cualquier Información Confidencial conocida durante la negociación y la ejecución del Contrato. El destinatario de la Información Confidencial divulgada en el marco del Contrato no la utilizará para ningún fin distinto del necesario para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.
10.2. Las Partes adoptarán medidas suficientes para mantener la confidencialidad de toda la Información Confidencial. En particular, las Partes acuerdan que (i) no copiarán ni explotarán de otro modo ningún componente de la Información Confidencial salvo en los términos previstos en el presente documento, ni harán ninguna divulgación al respecto a ningún tercero; (ii) garantizarán que todas las copias de la Información Confidencial (realizadas de conformidad con las disposiciones del Contrato) contengan una reproducción permanentemente legible del aviso de derechos de autor de la otra Parte y un aviso de confidencialidad; (iii) notificarán sin demora a la otra Parte si tienen conocimiento de cualquier violación de la confidencialidad y le prestarán toda la asistencia razonable al respecto.
10.3. Las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán a la Información Confidencial que (i) se publique o pase a ser de dominio público por un motivo distinto del incumplimiento del Contrato; (ii) se demuestre que la Parte receptora ya conocía antes de su divulgación por la Parte reveladora; (iii) se obtenga lícitamente de un tercero que no esté sujeto a un deber de confidencialidad; o (iv) se demuestre que ha sido creada por la Parte receptora con independencia de la divulgación y al margen del proyecto.
10.4. Si y en la medida en que lo exija una orden judicial o de otra autoridad pública, la Parte receptora podrá divulgar Información Confidencial, siempre que la Parte receptora (i) avise a la Parte reveladora con una antelación razonable para que esta pueda solicitar una orden de protección o equivalente, salvo que la ley se lo prohíba a la Parte receptora; (ii) coopere razonablemente con la Parte reveladora en sus esfuerzos razonables por obtener una orden de protección u otra medida adecuada; (iii) divulgue únicamente la parte de la Información Confidencial que esté legalmente obligada a divulgar; y (iv) haga esfuerzos razonables para obtener de la autoridad judicial o pública correspondiente garantías escritas fiables de que otorgará a la Información Confidencial el máximo nivel de protección disponible con arreglo a la legislación o normativa aplicable.
10.5 Subsistencia de la confidencialidad
Las obligaciones previstas en esta Cláusula 10 (a) se aplicarán desde el inicio de las negociaciones entre las Partes; (b) subsistirán durante tres (3) años tras la terminación o expiración del Contrato, salvo en el caso de los Secretos Empresariales (según se definen en la Ley neerlandesa de Secretos Empresariales), que seguirán protegidos indefinidamente mientras conserven esa condición con arreglo a la legislación aplicable; y (c) sustituirán cualquier acuerdo de confidencialidad anterior entre las Partes.
Artículo 11: Privacidad y protección de datos
11.1. Las Partes cumplirán todos los requisitos legales aplicables en materia de privacidad y protección de datos, y en particular el Reglamento General de Protección de Datos de 27 de abril de 2016 (el “RGPD”), en lo que respecta al tratamiento de datos personales (según se definen en el RGPD).
11.2. En particular, el Cliente declara y garantiza a EITR que tiene derecho legal a divulgar cualquier dato personal que se ponga a disposición de EITR en virtud de este Contrato o en relación con él (incluidos, entre otros, los datos personales que puedan divulgar los Usuarios del SaaS al utilizar el SaaS) y que el Cliente dispone de una base jurídica válida para tratar dichos datos personales y divulgarlos a EITR de conformidad con la legislación aplicable. El Cliente se compromete a informar suficientemente a todos los interesados sobre dichas actividades de tratamiento por parte del Cliente y/o de EITR (según corresponda) de conformidad con la legislación aplicable.
11.3. EITR utilizará los Datos Personales del Cliente únicamente para la ejecución de este Contrato y para mejorar el funcionamiento y la prestación de los Materiales Licenciados.
Artículo 12: Reclamaciones de terceros
El Cliente indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a EITR frente a cualesquiera daños, pérdidas, costes y gastos (incluidos los honorarios razonables de abogados) sufridos o soportados por EITR (incluidas sus Afiliadas, agentes, contratistas, directivos, empleados o representantes) que se deriven de la infracción por parte del Cliente de cualquier Derecho de Propiedad Intelectual o de cualquier otro derecho de un tercero.
Artículo 13: Tarifas y condiciones de pago
13.1. El Cliente pagará las tarifas especificadas en la Oferta Comercial o en la Declaración de Trabajo aplicable (según corresponda) en relación con los Servicios y, salvo que se acuerde expresamente otra cosa por escrito, EITR no estará obligada a iniciar, ni se considerará que ha iniciado, ningún Servicio ni trabajo de proyecto hasta haber recibido el pago íntegro de la factura inicial o del pago anticipado descrito en la Oferta Comercial o Declaración de Trabajo aplicable.
13.2. Si se ha solicitado a EITR que preste determinados Servicios, las Tarifas de los Servicios aplicables se facturarán por separado.
13.3. Las facturas se enviarán en formato PDF a la dirección de correo electrónico del Cliente especificada en la Oferta Comercial o, si el Cliente lo solicita expresamente por escrito, en copia física a la dirección del Cliente. El Cliente pagará cualquier importe en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la factura correspondiente. Todos los pagos en virtud de este Contrato se realizarán en euros (€) (salvo que se acuerde expresamente otra cosa en la Oferta Comercial y siempre que el Cliente se comprometa a asumir cualquier riesgo de tipo de cambio) y no incluyen los costes y gastos, que EITR podrá facturar por separado (en su caso).
13.4. Todos los importes pagaderos a EITR en virtud del Contrato se pagarán sin derecho de compensación ni reconvención y libres de cualquier deducción o retención, salvo que la ley las exija. Si se exigen deducciones o retenciones, el Cliente se compromete a pagar a EITR los importes adicionales necesarios para garantizar que los importes netos recibidos por EITR (una vez practicadas todas las deducciones y retenciones) no sean inferiores a los importes adeudados en virtud de este Contrato.
13.5. Los importes de las facturas no impugnadas que no se hayan pagado en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la factura devengarán, automáticamente y sin necesidad de aviso, un interés de demora del 8 % mensual (o el máximo permitido por la legislación aplicable). El interés se capitalizará diariamente desde la fecha de vencimiento hasta que EITR reciba el pago íntegro. Además, el Cliente pagará todos los costes en que incurra EITR como consecuencia de la reclamación (extra)judicial de la obligación de pago del Cliente en virtud de esta cláusula. Si el Cliente no paga los importes pendientes en un plazo de treinta (30) días a partir de la recepción de un requerimiento escrito de pago, EITR tendrá derecho a suspender sus obligaciones y los derechos del Cliente en virtud del presente documento hasta recibir el pago de dichos importes pendientes.
13.6. El Cliente reconoce y acepta expresamente que los pagos anticipados realizados en virtud de este Contrato son definitivos y no reembolsables.
Artículo 14: Vigencia y terminación
14.1 El Contrato comenzará tras el pago íntegro de las tarifas (“Fecha de Entrada en Vigor”) y continuará hasta la finalización de los Servicios, salvo que se resuelva anticipadamente de conformidad con esta cláusula o con el Contrato.
14.2 Cualquiera de las Partes podrá resolver inmediatamente (o, alternativamente, EITR podrá suspender) la totalidad o cualquier parte del Contrato sin intervención judicial, sin estar obligada a pagar indemnización alguna y sin perjuicio de su derecho a reclamar daños y perjuicios y de cualesquiera otros derechos, recursos y/o acciones que le correspondan por ley, mediante notificación escrita de resolución a la otra Parte, si: (i) la otra Parte incumple de forma sustancial cualquier disposición del Contrato y no subsana dicho incumplimiento en un plazo de treinta (30) días naturales a partir de la recepción de la notificación escrita del incumplimiento; (ii) la otra Parte deviene insolvente, se ve sometida a un procedimiento de quiebra voluntario o forzoso, de insolvencia o similar, o de otro modo se liquida o cesa su actividad; o (iii) la otra Parte incumple sus obligaciones relativas a los derechos de acceso, los Derechos de Propiedad Intelectual o la confidencialidad conforme a la Cláusula 3 o 10.
14.3 Sin perjuicio de cualesquiera otros derechos y recursos de que disponga EITR, el Cliente reconoce y acepta que EITR tendrá derecho a resolver inmediatamente el Contrato (sin necesidad de formalidad alguna) si el Cliente incumple o infringe: (i) los términos y condiciones del Socio de Alojamiento o del software de terceros aplicable; o (ii) los Derechos de Propiedad Intelectual o la Información Confidencial de EITR.
Artículo 15: Consecuencias de la terminación
A la terminación del Contrato por cualquier motivo: (i) el Cliente pagará sin demora a EITR todos los importes vencidos y pagaderos por los Servicios prestados hasta la fecha de terminación inclusive; (ii) todos los derechos de acceso concedidos al Cliente se extinguirán automáticamente, y el Cliente devolverá a EITR todos los productos del trabajo, materiales y copias de los mismos (en cualquier forma o soporte) o, alternativamente, destruirá aquellos elementos que no puedan devolverse y facilitará a EITR confirmación escrita de su destrucción en un plazo de 30 días naturales tras la terminación del Contrato; (iii) EITR, sin que el Cliente tenga que presentar una solicitud separada, destruirá de forma irreversible todos los Datos del Cliente relativos al encargo en un plazo de 30 días naturales tras la terminación del Contrato; (iv) salvo en la medida necesaria para cumplir cualquier requisito legal o contable de conservación de registros, cada Parte devolverá la Información Confidencial de la otra Parte que esté en su posesión o bajo su control (o, alternativamente, destruirá las copias de la misma que no puedan devolverse y confirmará por escrito que dichas copias han sido destruidas).
Artículo 16: Garantía
El Cliente reconoce y acepta que el SaaS Licenciado y los Servicios se proporcionan “tal cual”. Salvo lo dispuesto expresamente en este Contrato y en la máxima medida permitida por la legislación aplicable, EITR no formula ninguna declaración ni ofrece ninguna garantía, expresa o implícita, en relación con cualquier asunto objeto de este Contrato (incluidos los Materiales Licenciados y los Servicios). EITR excluye todas las garantías implícitas, incluidas (sin limitación) las garantías implícitas de exactitud, integridad de los datos, idoneidad para un fin determinado, comerciabilidad o no infracción.
Artículo 17: Limitación de responsabilidad
17.1 En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, la responsabilidad de EITR derivada de este Contrato o relacionada con él se limitará exclusivamente a los daños directos (según se definen en la Cláusula 17.2), con exclusión de (i) todos los daños indirectos, especiales, punitivos, consecuentes o ejemplares, y (ii) los daños físicos al hardware proporcionado por el Cliente (incluidos teléfonos, ordenadores de sobremesa u otros dispositivos utilizados para acceder al SaaS a través de un navegador). En ningún caso la responsabilidad total de EITR (ya sea por daños directos o indirectos) por un mismo hecho o una serie de hechos relacionados excederá del 100 % de las tarifas pagadas por el Cliente en virtud del Contrato correspondiente.
17.2 EITR seguirá siendo responsable de los daños directos derivados de errores evidentes en los resultados de la IA (como sesgos, alucinaciones o inexactitudes fácticas) en la medida en que dichos resultados se proporcionen sin la advertencia o el aviso “Generado por IA”. Una vez proporcionada la advertencia o el aviso “Generado por IA” exigido, cesará toda responsabilidad de EITR por dichos errores.
17.3 EITR será responsable de los daños directos derivados de un tratamiento incorrecto o negligente de datos personales o de una presentación incorrecta de las conclusiones en el informe final, pero solo si el Cliente demuestra que EITR incurrió en negligencia grave en dicho tratamiento o presentación. Una vez que el Cliente apruebe por escrito los resultados de la IA (incluido el aviso “Generado por IA”), cesará la responsabilidad de EITR por dicho tratamiento y dichos resultados.
17.4 En ningún caso EITR será responsable ante el Cliente de daños indirectos, punitivos, especiales, consecuentes o similares, incluidos, sin limitación: lucro cesante, pérdida de ingresos, interrupción de la actividad, pérdida o corrupción de datos (incluidos los datos de entrenamiento o los resultados del modelo), pérdida de clientes o contratos, pérdida de fondo de comercio, costes de adquisición de bienes o servicios sustitutivos, daños reputacionales, daños derivados de inexactitudes en los datos de entrenamiento proporcionados por el Cliente, daños físicos al hardware proporcionado por el Cliente o daños derivados de las limitaciones técnicas inherentes a los sistemas de IA (incluidas alucinaciones, sesgos o consejos incorrectos), ya sea por responsabilidad contractual, extracontractual (incluida la negligencia), objetiva o de otro tipo.
17.5 EITR no será responsable en ningún caso, ya sea por responsabilidad contractual, extracontractual o de otro tipo, de (i) la discontinuación o retirada de versiones o lanzamientos anteriores del SaaS; (ii) los daños causados por un uso incorrecto, no autorizado o fuera de alcance del SaaS por parte del Cliente; ni (iii) los daños reputacionales o de otro tipo derivados de la interpretación, el análisis o la aplicación por parte del Cliente de cualquier informe, resultado u otro entregable proporcionado por EITR.
Artículo 18: Disposiciones varias
18.1. Acuerdo íntegro - El Contrato constituye el acuerdo íntegro entre las Partes y sustituye a todos los acuerdos, declaraciones o entendimientos anteriores, orales o escritos, relativos a su objeto.
18.2. Divisibilidad - Si alguna disposición del Contrato se declara inaplicable, las demás disposiciones seguirán plenamente vigentes. Las Partes negociarán de buena fe la sustitución de cualquier disposición inaplicable por otra válida de efecto económico similar.
18.3. Renuncia - Ninguna renuncia a cualquier término será efectiva salvo que conste por escrito. Una renuncia en un caso concreto no constituirá una renuncia en ningún otro.
18.4. Subsistencia - Las disposiciones destinadas a subsistir tras la terminación (p. ej., confidencialidad, derechos de propiedad intelectual, limitaciones de responsabilidad) seguirán en vigor.
18.5. Cesión - EITR podrá ceder sus derechos/obligaciones; el Cliente no podrá hacerlo sin el consentimiento previo por escrito de EITR.
18.6. Fuerza Mayor - Ninguna de las Partes será responsable de los incumplimientos causados por acontecimientos de Fuerza Mayor (p. ej., guerras, catástrofes naturales, pandemias), siempre que se notifiquen sin demora.
18.7. Notificaciones - Las notificaciones se enviarán por correo electrónico (con acuse de lectura) o por correo certificado a las direcciones que figuran en la Oferta Comercial.
18.8. Interpretación - El singular incluye el plural; los títulos tienen carácter meramente orientativo.
18.9. Conflicto - En caso de conflicto, el orden de prelación es: (i) Oferta Comercial/Declaración de Trabajo, (ii) estos Términos y Condiciones.
18.10. Partes independientes - Las Partes son contratistas independientes; no se crea ninguna sociedad ni empresa conjunta.
18.11. Publicidad - EITR podrá utilizar el nombre/logotipo del Cliente con fines promocionales (p. ej., sitio web, casos de éxito).
18.12. Resolución de conflictos - Las Partes intentarán llegar a una solución amistosa antes de acudir a la vía judicial.
18.13. Legislación aplicable y jurisdicción - El Contrato se rige por el Derecho neerlandés. Cualquier controversia se someterá a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de Eindhoven. No se aplica la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.